jueves, 15 de marzo de 2012

La nueva Carta Orgánica del Central tiene el visto bueno de los diputados


La Cámara de Diputados aprobó en general, por 142 votos contra 84, y en una sesión especial el proyecto del Gobierno de modificación de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA) que ahora deberá ser enviado al Senado.

En el comienzo del debate, el diputadio de la Coalición Cívica Alfonso Prat Gay consideró que las modificaciones propuestas tendrán efecto inflacionario, mientras que para el kirchnerista Eduardo Feletti "es un paso adelante en la perspectiva de consolidar la autonomía de la Argentina".

Prat Gay, ex presidente del BCRA, expresó que la modificación del artículo 20 de la Carta Orgánica del Banco Central que permite ampliar "excepcionalmente" de 10 a 20 por ciento el límite para los adelantos al Tesoro tendrá efectos inflacionarios.

El legislador de la CC fue el primer opositor en hablar en el recinto y explicó que como está actualmente la norma que rige al Banco el límite está en 66 mil millones de pesos, pero la cifra si se aprueba la reforma será de 170 mil millones, "de los cuales 100 mil millones tendrían efecto monetario".

Por eso, estimó que al proyecto original que el Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso en los primeros días de marzo se le agregó "la intención" de hacer funcionar "la tristemente célebre maquinita de emitir", al tiempo que consideró que "el único objetivo (del proyecto) es facilitarle la vida a los bonistas del exterior al que se le garantizan todas las reservas para pagarles".

Por su parte, desde el Frente para la Victoria, Feletti afirmó que "este proyecto le da a la Argentina la capacidad de tener moneda como representación de bienes producidos en el país y de los activos y no de reservas en el Banco Central”. “Este es el camino a la reconstrucción del mercado de crédito, que dé mayores posibilidades a la inversión”, señaló el ex viceministro de Economía.

Al momento de detallar la medida, sotuvo que el proyecto de reforma tiene tres aspectos relevantes como son el de "crear una moneda respaldada por los bienes que produce el país", dotar de mayor capacidad al Banco Central y "el financiamiento al Tesoro".

“La posibilidad de crear una moneda respaldado por los bienes que éste país produce; la capacidad del Banco Central de ordenar el sector financiero, donde la asignación de recursos no es eficiente y el financiamiento al tesoro, delineado por ley para cuestiones excepcionales”, dijo al respecto el legislador.


Cuáles son los principales pasajes del proyecto 
El proyecto que modifica la Carta Orgánica le otorga mayores funciones al Banco Central. Entre ellas: la promoción de la economía real y una mayor regulación a las entidades financieras.

El texto original enviado por el Poder Ejecutivo el 1 de marzo (y anunciado por la presidente Cristina Fernández de Kirchner en la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso) recibió una serie de modificaciones, en un plenario de comisiones realizado la semana pasada en Diputados.
El proyecto, que consta de 24 artículos, establece que se pasaría de un Banco Central que hasta hoy formalmente tiene mandato único -el de preservar el valor de la moneda-, a uno contriple mandato, en el que se incorporan la estabilidad financiera y el desarrollo económico con equidad social, acorde con el nuevo modelo económico y a las nuevas tendencias internacionales.

En el texto se faculta expresamente al Central a regular y orientar el crédito -recupera su rol histórico previo a la Convertibilidad- mediante las instituciones de sistema financiero, para promover la inversión productiva de largo plazo.

El kirchnerismo mantuvo el texto del dictamen de mayoría con las modificaciones aprobadas durante el debate en comisión y solo realizó un cambio de redacción técnica a último momento en el artículo 11, que modifica el 20 de la Carta Orgánica, a propuesta del diputado del FPV, Roberto Feletti.

El artículo 20 permite al banco hacer adelantos transitorios al Gobierno nacional de "hasta un 20% de la base monetaria, con carácter excepcional, por un plazo de 18 meses".

De esta manera, se precisó que "con carácter excepcional y si la situación o las perspectivas de la economía nacional o internacional así lo justificara, podrán otorgarse adelantos transitorios, por una suma adicional equivalente a, como máximo, el 10 por ciento de los recursos en efectivo que el gobierno nacional haya obtenido en los últimos 12 meses".

Esa facultad "excepcional podrá ejercerse durante un plazo máximo de 18 meses. Cumplido ese plazo, el Banco Central no podrá otorgar al Gobierno nacional adelantos que incrementen este último concepto".

Los adelantos transitorios al Tesoro Nacional del 12% sobre la base monetaria y del 10% -como máximo- de los recursos en efectivo que el Gobierno haya obtenido en los últimos 12 meses no fueron modificados, a pesar de las críticas de la oposición.

Entre las modificaciones incorporadas en el debate en comisión al texto original, se incluyó en el artículo tres a la promoción del empleo como una de las nuevas finalidades de la entidad, además de bregar por la "estabilidad monetaria, financiera y el desarrollo económico con equidad social".

"Regular la cantidad de dinero, las tasas de interés y regular y orientar el crédito", establece el inciso B del artículo 4 de la propuesta, en la que además se fijaron modificaciones a otros tres incisos del punto 14.

Uno de ellos autoriza al Central a la "apertura de sucursales y otras dependencias de entidades financieras y los proyectos de fusión de estas, propendiendo a ampliar la cobertura geográfica del sistema, atender las zonas con menor potencial económico y menor densidad poblacional y promover el acceso universal de los usuarios a los servicios financieros".

Por otro lado, el inciso R del artículo 14 habilita a la entidad a "regular las condiciones de crédito en términos de riesgo, plazos, tasas de interés, comisiones y cargos de cualquier naturaleza, como orientar su destino por medio de exigencias de reservas, encajes diferenciales u otros medios apropiados".

De igual forma, el inciso W de ese mismo punto hace referencia a la potestad del BCRA de "establecer políticas diferenciadas orientadas a las pequeñas y medianas empresas y las economías regionales". Por otra parte, el artículo 42 establece que "incumbe al banco, además, compilar y publicar regularmente las estadísticas monetarias, financieras, cambiarias y crediticias".

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